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¿Venta sospechosa o derecho legítimo? La nulidad de actos civiles en el contexto penal del caso Odebrecht.

El reciente pronunciamiento judicial en el Exp. 243-2017-130 (caso Odebrecht) aporta un criterio jurisprudencial crucial al delimitar los alcances de la nulidad de actos civiles —en particular, la transferencia de bienes inmuebles— cuando estos se vinculan indirectamente con investigaciones penales por delitos complejos como corrupción o lavado de activos.

El tribunal sostuvo que no procede declarar la nulidad de la compraventa de inmuebles realizada por el imputado si no se acredita la mala fe del adquirente, sobre todo cuando la operación se celebró antes del inicio formal de la investigación penal y con fondos de procedencia lícita. Esta decisión, lejos de generar impunidad, busca proteger la seguridad jurídica y evitar que el proceso penal se convierta en una herramienta de inestabilidad del tráfico jurídico.

Este enfoque reconoce que el derecho penal no puede operar con efectos retroactivos ni presumir automáticamente la ilicitud de todo el patrimonio de un investigado. De lo contrario, se colocaría en riesgo la confianza legítima de los terceros que actúan en el mercado, quienes no tienen la carga de prever futuras imputaciones penales ajenas a su actuar.

Desde una perspectiva crítica, la sentencia también resalta la importancia de no abusar de las herramientas civiles para fines penales, como ocurre en algunos casos en los que se intenta declarar la nulidad de actos sin prueba suficiente de dolo, favoreciendo discursos punitivistas en lugar de decisiones basadas en derecho.

Este precedente contribuye a delimitar los escenarios en los que el Estado puede intervenir en la esfera patrimonial del imputado y de terceros, y refuerza la necesidad de un control riguroso de las medidas patrimoniales excepcionales, evitando que estas se desnaturalicen como formas encubiertas de sanción anticipada.


CORTE SUPERIOR NACIONAL DE JUSTICIA PENAL ESPECIALIZADA
MÓDULO DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
CUARTO JUZGADO PENAL COLEGIADO NACIONAL

JUZGADO PENAL COLEGIADO NACIONAL

EXPEDIENTE : 00243-2017-130-5001-JR-PE-01
ESPECIALISTA : AYALA AGUILAR LUIS ALBERTO

SENTENCIA
(Caso complejo)

Resolución N. 57

Lima, 24 de julio de dos mil veinticinco

VISTOS Y OÍDOS:

Los actuados en juicio oral llevado a cabo por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional, integrado por la doctora Fernanda Isabel Ayasta Nassif (Presidenta y Directora de Debates), doctor Giovanni Félix Palma y el doctor Andy Junior Rodríguez Domínguez, en el proceso seguido contra Jorge Luis Cuba Hidalgo, Mariella Janette Huerta Minaya, Santiago Andrés Chau Novoa, Magdalena Bravo Hinostroza, Jesús Wilfredo Munive Taquia, Edwin Martín Luyo Barrientos, Miguel Angel Navarro Portugal, Víctor Enrique Muñoz Cuba y Jessica Carola Tejada Guzmán, por los delitos de Colusión y Lavado de Activos. Habiéndose instalado el juicio correspondiente a la misma, se emite la presente sentencia.

[Continúa…]

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