BibliotecaDerecho CivilLo ÚltimoNoticias

Ley N° 32228: Incorpora los principios generales de los procesos en materia de familia en el Código Civil.

ley Nº 32228

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO CIVIL,

DECRETO LEGISLATIVO 295, PARA

INCORPORAR LOS PRINCIPIOS GENERALES

DE LOS PROCESOS EN MATERIA DE FAMILIA

Artículo único. Incorporación del artículo 233-A al Código Civil, Decreto Legislativo 295

Se incorpora el artículo 233-A al Código Civil, Decreto Legislativo 295, con el siguiente texto:

Artículo 233-A.- Principios generales de los procesos de familia

En los procesos en materia de familia se respetan los principios de oralidad, tutela judicial efectiva, inmediación, buena fe y lealtad procesal, y oficiosidad.

En los procesos que involucren derechos de niños y adolescentes, los jueces están obligados a evaluar los hechos y circunstancias desde un punto de vista que priorice la vulnerabilidad de la persona en las etapas de la infancia y la adolescencia garantizando el interés superior y su derecho de participación en todo momento”.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los once días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.

EDUARDO SALHUANA CAVIDES

Presidente del Congreso de la República

CARMEN PATRICIA JUÁREZ GALLEGOS

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil veinticinco.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA

Presidente del Consejo de Ministros

 

DESCARGAR AQUÍ

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *