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El período académico 2024, las universidades, bajo responsabilidad, se encuentran prohibidas de ofertar, crear y/o admitir estudiantes en programas de pregrado 100% virtuales.

  • SE RESUELVE:
  1. PRECISAR que, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución del Consejo Directivo N° 138-2022-SUNEDU/CD se eliminó la excepción planteada en el numeral 4.3 de las Disposiciones relacionada con la población adulta mayor a 24 años y la posibilidad de usar entornos con un componente de 100% de virtualidad.
    Por consiguiente, todos los programas de pregrado en la “modalidad a distancia” mantienen, a la fecha de entrada en vigencia de la referida resolución, un componente presencial, con excepción de aquellos programas que son diseñados especialmente para los internos de los establecimientos penitenciarios del territorio nacional, y que han sido creados conforme a las disposiciones de la Ley N° 31840 y su reglamento.
  2. ESTABLECER que, a partir del período académico 2024, las universidades, bajo responsabilidad, se encuentran prohibidas de ofertar, crear y/o admitir estudiantes en programas de pregrado con un componente de 100% de virtualidad; quedando sujetas a la supervisión correspondiente…

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