Actualizan criterios y procedimientos aplicables para las adopciones
Resolución Ministerial N° 176-2024-MIMP
A través de la presente Resolución se deroga la Resolución Ministerial N° 726-2002-MIMDES, y se modifica el literal b) del sub numeral 6.1.3 del numeral 6.1 de Directiva N° 008-2017-MIMP “Criterios y Procedimientos Técnicos y Operativos para la Evaluación de Niños y Adolescentes, Declaración de Aptitud de Solicitantes y Adopciones Prioritarias”, aprobada por Resolución Ministerial N° 185-2017-MIMP.
Donde se menciona el 6.1. De la evaluación de niños y adolescentes susceptibles de ser adoptados, el numeral 6.1.3. Establece que la Dirección de Adopciones puede solicitar al Centro de Acogida Residencial – CAR que corresponda, la siguiente información:
a) Fotografías y/o videos de la niña, niño o adolescente.
b)Informes técnicos previstos en la Directiva “Metodología de Intervención en los Centros de Acogida Residencial de Niñas, Niños y Adolescentes”.
c) Opinión de la niña, niño o adolescente con relación a su deseo de ser integrado/a a una familia adoptiva, atendiendo a su edad y madurez. Cuando se trate de un grupo de hermanos/as, se considera la opinión de cada uno, señalando el vínculo existente, a fin de adoptar las decisiones que más le favorezcan.