¿TIENE VALOR PROBATORIO LA DECLARACION SIN PRESENCIA DEL FISCAL?
El máximo tribunal de justicia a determinado en la Casación 1896-2020, que las actuaciones policiales que hayan sido efectuadas sin presencia del fiscal, por la falta de garantías en su práctica, no poseen valor probatorio; no obstante, estas tendrán dicho valor cuando los policías intervengan por razones de urgencia o necesidad, cuando la actuación sea irrepetible, sobrevenida o ya conocida, o cuando esté presente el abogado defensor.