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SI EL TRIBUNAL DECLARA A UNA LEY CONSTITUCIONAL, LOS JUECES NO PODRÍAN APLICAR CONTROL DIFUSO

 

Se puede aplicar Control difuso , mientas el Tribunal Constitucional (TC) no se pronuncie sobre la ley; después de ello, los jueces no podrían aplicar el referido control, en el sentido que se sería una “Ley Constitucionalizada”. Por tanto, la inaplicación que hoy están realizando los jueces no puede considerarse “PREVARICATO”. Así respondió el tribuno al se consultado por la  Ley de amnistía.

Así sentenció el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse.

Pero, otros que tienen una interpretación distinta consideraron que el control difuso, tiene rango constitucional, por tanto, el juez dentro de su autonomía y según al caso en concreto, puede seguir aplicándola.
Aplicación del Control Difuso – Entrevista

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