SI ACATAS HUELGA DECLARADA IMPROCEDENTE ¿SE INCURRE EN UNA PARALIZACIÓN INTEMPESTIVA?
Mediante la Casación Laboral 21749-2018 – Arequipa la Corte Suprema señaló que una paralización intempestiva se presenta cuando el trabajador, en pleno día de trabajo, paraliza sus labores (sea que quede en el centro de trabajo o se retire), no siendo razonable señalar que existe también paralización intempestiva, cuando el huelguista comunica a su empleador oportunamente que ha decidido realizar la medida de fuerza, y que por tanto no irá a laborar.
En el caso concreto La Sala Suprema al analizar aclaró que, si el sindicato impulsor de la huelga comunicó al empleador sobre la medida de fuerza 8 días antes de su materialización, el trabajador que llevó a cabo la huelga no pudo haber incurrido en paralización intempestiva.