Organismo supervisor habilitará casilla para los actos y/o actuaciones administrativos que se efectúen en los procedimientos sancionadores del colegiado.
La notificación vía casilla electrónica de los actos y/o actuaciones administrativos que se efectúen en los procedimientos sancionadores del Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) incluirán la identificación del número de expediente y el texto íntegro de la declaración del colegiado con su motivación, así como sus anexos, de ser el caso, entre otros aspectos.
Así lo indica el Decreto Supremo N° 278-2024-EF, que oficializa la obligatoriedad de la citada comunicación, y dicta otras disposiciones, con la finalidad de optimizar la eficiencia y celeridad de los procedimientos administrativos sancionadores, garantizándose el derecho a la adecuada notificación que estará implícito al debido procedimiento administrativo a favor de los administrados.
Aplicación
La norma precisa que se aplicará a los usuarios que son parte de un procedimiento administrativo sancionador a cargo del Tribunal de Contrataciones del Estado, en el contexto de lo establecido en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, o normas que los sustituyan.
Así también a los administrados que son parte de un procedimiento administrativo sancionador en el contexto de los regímenes especiales de contratación en los que se haya asignado al Tribunal de Contrataciones del Estado la facultad de determinar infracciones y aplicar sanciones, señala el decreto supremo.
Para tal fin, recalca, el OSCE asignará una casilla en el Sistema de Notificación Electrónica de manera gratuita y automática a todo usuario que solicite su inscripción o cuenta con inscripción en el Registro Nacional de Proveedores.
Domicilio
Esa casilla será un domicilio digital obligatorio para la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador a cargo del tribunal, así como de los demás actos y/o actuaciones administrativos que se generen en ese procedimiento. Los ciudadanos accederán a la casilla mediante el usuario y clave proporcionados por el OSCE, acota.
Además de lo mencionado líneas arriba, la norma detalla que el contenido de la casilla electrónica incluirá la identificación del procedimiento dentro del cual ha sido dictado; y la autoridad e institución de la cual procede el acto y su dirección.
Figurará, asimismo, la fecha de vigencia del acto o actuación administrativo notificado y la mención de que se agota la vía administrativa, en caso de que se configure este supuesto; y la expresión del recurso que procede, el órgano ante el cual debe presentarse el recurso y el plazo para interponerlo, de corresponder, anota.
El decreto supremo indica que los documentos notificados se podrán descargar del enlace que proporcione el Tribunal de Contrataciones del Estado para tal fin.
La notificación empezará con el depósito del documento que contiene el acto y/o actuación administrativo en la casilla electrónica asignada al usuario. Realizado este paso, el Sistema de Notificación Electrónica emitirá una constancia de la notificación, subraya.
Para cada comunicación, recalca, el sistema remitirá un mensaje de alerta informativa al correo electrónico y al teléfono celular del usuario registrado para tal fin, en los cuales se indicará que se notificó un documento en la casilla electrónica, los que constituirán requisitos de validez de la notificación.
El usuario efectuará la confirmación de la recepción del acto y/o actuación administrativo mediante el acuse de recibo durante los cinco días hábiles siguientes a la comunicación. Transcurrido ese plazo, sin que se haya efectuado la respuesta, la notificación resultará válida, enfatiza.
El Sistema de Notificación Electrónica generará evidencias que permitan demostrar el depósito de la notificación y el acuse de recibo. Las constancias se originarán de manera automática al momento del depósito del documento que contiene el acto y/o actuación administrativo en la casilla electrónica y del acuse de recibo por el usuario, agrega.
Horarios
El depósito de los actos y/o actuaciones administrativos se ejecutará en día y hora hábil conforme a lo establecido en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Las notificaciones se ejecutarán de lunes a viernes dentro del horario de atención al público del OSCE. Si la notificación se efectúa fuera de este lapso, se considerará notificado para sus efectos desde el día hábil siguiente.
Los plazos para el usuario se computarán desde el día hábil siguiente en que la notificación electrónica adquiere eficacia, salvo que en el acto o la actuación administrativo notificado se señale una fecha posterior, aclara.
Además, puntualiza, el Sistema de Notificación Electrónica acreditará la fecha y hora de la notificación, la cual se entenderá válidamente efectuada siempre y cuando se haya observado el procedimiento establecido conforme los pasos antes señalados.
Obligaciones
La norma señala que serán obligaciones del usuario de la casilla electrónica cumplir con los términos y condiciones de su utilización; así como revisarla periódicamente a efectos de tomar conocimiento del documento que contiene los actos y/o actuaciones administrativos emitidos.
Se suma mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad respecto al manejo de su usuario y clave de acceso a su casilla electrónica; y mantener operativo su correo electrónico y teléfono celular registrados a efectos de recibir el mensaje de alerta del Sistema de Notificación Electrónica.
Mientras, el OSCE deberá crear y asignar la casilla electrónica para el usuario en el citado sistema; brindar la asistencia técnica necesaria; y atender las consultas del usuario relacionadas a la creación y utilización de la casilla.
Además, tendrá la obligación de mantener operativo el Sistema de Notificación Electrónica; y comunicar oportunamente al usuario sobre cualquier contingencia respecto del funcionamiento de este, señala el decreto supremo.
Cifra
90 días hábiles siguientes, desde el 21 de este mes, es el plazo en que entrará en vigor la norma.
Fuente: El Peruano