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Grave error judicial: Secretaria consigna por error a hermana de requisitoriada en orden de captura

El error cometido por la secretaria judicial al consignar por equivocación a la hermana de una requisitoriada en una orden de captura evidencia una grave deficiencia en la gestión documental del aparato judicial y en el control de actos que inciden directamente sobre derechos fundamentales. Una orden de captura es una medida de privación de la libertad con carácter restrictivo y excepcional, cuyo contenido debe elaborarse con el máximo rigor técnico y jurídico, ya que cualquier error material puede derivar en la afectación ilegítima de derechos constitucionales, como la libertad personal, el debido proceso y la tutela jurisdiccional efectiva.

Desde una perspectiva funcional, si bien el juez es el titular de la potestad jurisdiccional, los auxiliares judiciales, como los secretarios, tienen un rol decisivo en la documentación y ejecución de actos procesales. En tal sentido, su actuación debe cumplir con los principios de legalidad, diligencia y veracidad. La omisión de una verificación mínima de los datos de identidad antes de emitir una disposición de tal gravedad revela no solo negligencia administrativa, sino también una falta de conciencia sobre el impacto de su actuación en la esfera de derechos de las personas.

Analíticamente, este hecho plantea interrogantes sobre los mecanismos de control interno en los órganos jurisdiccionales. ¿Existen protocolos efectivos de verificación de identidad en la emisión de resoluciones restrictivas de derechos? ¿Se cuenta con sistemas cruzados de control documental antes de autorizar su ejecución? La respuesta, a la luz de este caso, parece negativa o deficiente.

Finalmente, la imposición de una multa administrativa, aunque procedente dentro del régimen disciplinario, podría considerarse insuficiente si se constata que la afectación generó daños relevantes o si se evidencia que la conducta fue reiterada o dolosa. Más aún, no debe descartarse la posibilidad de responsabilidad civil patrimonial del Estado por el error judicial y la consecuente privación ilegítima de la libertad de una persona inocente, así como el eventual análisis penal de la conducta, si se verifica un abuso de autoridad o detención arbitraria.

Este caso debe motivar una reflexión institucional y la revisión urgente de los protocolos de seguridad documental y control de actos procesales que inciden sobre derechos fundamentales, con el fin de evitar que se repitan situaciones que minan la legitimidad y confianza ciudadana en el sistema de justicia.



Corte Superior de Justicia de Lima
Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura
Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas

Investigación nro. 0700-2022

Resolución nro. 10
Lima, once de julio
de dos mil veintidós

I. ASUNTO

Habiendo concluido la fase instructora del presente procedimiento disciplinario, con el Informe Final de fecha 12 de mayo del 2022, emitido por la magistrada sustanciadora XXXX que obra en los folios 227-233, es materia de la presente resolución determinar si le alcanza responsabilidad funcional a la servidora XXXX XXXX, en su actuación como Secretaria Judicial del Cuadragésimo Juzgado Penal Liquidador de Lima, por presunta inconducta funcional.

II. ANTECEDENTES

2.1. Mediante correo de fecha el 28 de enero de 2022 remitido a la Jefatura de esta ODECMA, que obra en el folio 1, el magistrado XXXX en calidad de juez del Cuadragésimo Juzgado Penal Liquidador de Lima, hace de conocimiento la comisión de la presunta inconducta funcional en la que habría incurrido la servidora XXXX, en su actuación como Secretaria Judicial del mencionado Juzgado.

2.2. Posteriormente, a través de la Resolución nro. 01, de fecha 31 de enero de 2022, que figura en los folios 29-34, el Juez encargado de la calificación de las quejas y denuncias de la ODECMA resolvió abrir investigación disciplinaria contra la servidora XXXX, en su actuación como Secretaria Judicial del Cuadragésimo Juzgado Penal Liquidador de Lima, por el cargo descrito en su segundo considerando; designando para su tramitación a la magistrada.

[Continua…]

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