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Entidades privadas que administran fondos que provienen del presupuesto público acatan el derecho fundamental de acceso a la información pública.

Análisis del caso en concreto.

  1. Si bien el Subcomité de Administración de Fondos de Asistencia y Estímulo del Sector Educación Iquitos-Maynas-Loreto (Subcafae) es una entidad singular, separada de la Administración pública, pero que al mismo tiempo no es una persona jurídica, como ha precisado este Tribunal, los Cafae y Subcafae son entidades que “desafían la división entre entidades públicas y privadas establecidas en la jurisprudencia del derecho de acceso a la información pública”. Sin embargo, administra fondos  que  provienen  del  presupuesto  público.  En  consecuencia,  la ciudadanía tiene derecho a conocer sobre aspectos de su gestión y de la información producida, a través del derecho fundamental de acceso a la información pública. Tal criterio ha sido establecido por el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia    y se fundamenta en el principio de publicidad que rige la actuación de las entidades que utilizan fondos públicos…

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