Atención litigante: Infórmate como afectarán las vacaciones judiciales de febrero a tus trámites.
Desde el 1° de febrero hasta el 2 de marzo de 2025, se desarrollarán las vacaciones judiciales para los magistrados y el personal auxiliar de todas las Cortes Superiores del país, conforme a lo aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ).
Durante este periodo, el CEPJ ha establecido diversas medidas complementarias para asegurar el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional.
Según la Resolución Administrativa N° 000390-2024-CE-PJ, la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada deberá programar el calendario de vacaciones de jueces, juezas y personal auxiliar, teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y las necesidades del servicio. Las acciones adoptadas serán informadas al CEPJ.
Asimismo, el Magistrado Coordinador Nacional del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio deberá remitir el rol de vacaciones al CEPJ, considerando las necesidades operativas, y asegurar que se adopten las medidas administrativas necesarias para cumplir con los períodos vacacionales establecidos.
Órganos Jurisdiccionales de Emergencia
Durante el mes de vacaciones, el CEPJ ha dispuesto el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia, que serán designados por las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país. Estos órganos se encargarán exclusivamente de las materias correspondientes a los órganos en periodo vacacional, conforme a lo establecido en la resolución administrativa.
Del 1° de febrero al 2 de marzo de 2025, operarán los siguientes órganos de emergencia:
A) Corte Suprema de Justicia de la República:
Sala Penal Permanente: Atenderá los expedientes a su cargo y los casos urgentes de la Sala Penal Transitoria.
Mesa de Partes: Recibirá asuntos en las materias Civil, Penal y de Derecho Constitucional y Social.
Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria: Continuarán sus funciones con el personal mínimo necesario. Los jueces, juezas y el personal auxiliar asignados a estos órganos efectuarán sus vacaciones de manera progresiva durante todo el año 2025.
B) Cortes Superiores de Justicia de la República:
Las Salas y Juzgados designados como órganos de emergencia por las Presidencias de las Cortes Superiores serán determinados mediante resolución administrativa y difundidos públicamente.
Fuente: El Peruano.