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“Andrés Hurtado ante la justicia: la Corte Suprema cierra la puerta al archivo por tráfico de influencias”

El rechazo de la Corte Suprema al pedido de excepción de improcedencia de acción en el caso de Andrés Hurtado marca un hito procesal relevante, no solo por la notoriedad pública del imputado, sino también por el alcance institucional que tiene la figura del tráfico de influencias en el sistema penal peruano.

El juez supremo Checkley ha sido claro: esta vía excepcional no puede convertirse en un mecanismo anticipado para discutir la culpabilidad o inocencia del imputado, sino que se limita a un análisis abstracto sobre la tipicidad de los hechos. Desde esta perspectiva, la resolución fortalece la idea de que el control judicial temprano no debe desnaturalizar la función del juicio oral, espacio procesal en el cual debe discutirse la responsabilidad penal con amplitud de debate probatorio.

Resulta además significativo que la decisión recalque la importancia del principio de prosecución penal del Estado en casos de corrupción. La estrategia de la defensa —intentar archivar el caso en etapa preliminar— no prospera cuando los hechos descritos por la Fiscalía guardan correspondencia con las figuras delictivas investigadas. El razonamiento judicial apunta a blindar el proceso de prácticas dilatorias que, en escenarios de alto impacto mediático y político, suelen emplearse como herramientas de desgaste institucional.

Por otro lado, el caso vuelve a colocar en el debate la necesidad de reforzar los estándares de conducta pública y la relación entre figuras mediáticas, operadores de justicia y actores económicos. El presunto pago de sobornos para influir en decisiones fiscales y judiciales revela un patrón sistémico de captura de instituciones que, de confirmarse en juicio, reflejaría un grave retroceso en la lucha anticorrupción.

En conclusión, la resolución de la Corte Suprema no prejuzga sobre la culpabilidad de Hurtado, pero sí asegura que los hechos investigados se debatan en el foro correspondiente, garantizando que la justicia no se interrumpa por maniobras procesales. El desenlace final dependerá de la solidez probatoria que la Fiscalía logre acreditar, pero lo que ya se observa es un mensaje claro contra la impunidad.


Lea la resolución completa aquí

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