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MP: CONTINUO Y PROGRESIVO DEBILITAMIENTO INSTITUCIONAL

El congreso aprobó en segunda votación, dictamen que faculta a la Policía Nacional a liderar investigaciones preliminares, recordemos el pronunciamiento de la Junta de Fiscales Supremos del pasado 29 de Agosto del presente año.

PRONUNCIAMIENTO DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS

 

Este proyecto de ley abiertamente contradice el inciso 4° del artículo 159 de la Constitución Política del Estado, que establece como atribución del Ministerio Público la conducción de la investigación del delito desde su inicio, y la condición de la Policía Nacional de cumplir nuestros mandatos en el ámbito funcional.

El congreso de la República pretende poner en vigencia esta ley, encargando la investigación preliminar del delito, a la Policía Nacional, obligando así a los Fiscales a realizar todas las investigaciones por intermedio de ella, en dicho contexto, los despachos fiscales no podrán conducir directamente Investigaciones Preliminares, además debemos resaltar que los exámenes o pericias criminalísticas oficiales, serían realizadas por la Dirección de Criminalística de la Policía Nacional del Perú o por sus oficinas descentralizadas y no por las unidades orgánicas periciales del Ministerio Público.

De esta forma se evidencia que el propósito de esta norma inconstitucional, es que todas las investigaciones sean de conocimiento y dirección del Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del Interior del cual depende la Policía Nacional del Perú, esto colisiona con la autonomía institucional del Ministerio Público, la efectiva separación de poderes y una verdadera democracia.

El Ministerio Público, ante una situación similar presentó Demanda de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, respecto de algunos Decretos Legislativos expedidos por el Poder Ejecutivo, la misma que se encuentra próxima una audiencia para su decisión final. Es preciso indicar que en reciente Sentencia en un proceso competencial, el máximo intérprete de la Constitución ha reafirmado las competencias constitucionales de conducción de la investigación del delito del Ministerio Público.

Entonces, resulta insostenible que se pretenda atribuir a la Policía Nacional la conducción de la Investigación Preliminar, dado que además su personal no se encuentra capacitado debidamente, y no se le ha dotado de los recursos logísticos y operativos por décadas para una eficiente labor investigativa, pues ello se ha evidenciado en las publicaciones de la Defensoría del Pueblo desde el año 2012, que dan cuenta de la real situación de la Policía Nacional, por ejemplo, en la publicación denominada: “Por una atención Policial de calidad con respeto de los Derechos Fundamentales, luego de la supervisión a los Departamentos de Investigación Criminal, a nivel nacional en los años 2018 y 2019, se recomendó entre otros, que se mejore la infraestructura del 87% de los Departamentos de Atención Urgente, se atienda con urgencia los requerimientos logísticos e implemente oficinas de criminalística a nivel nacional.

Finalmente, debemos preguntarnos, en el caso de las investigaciones contra altos funcionarios que se tramitan ante la Fiscalía de la Nación y las Fiscalías Supremas y las que tuviesen que iniciarse en el futuro contra Presidentes de la República, Ministros de Estado, Congresistas y otros Altos Funcionarios, ¿Deben investigarse también por intermedio de la Policía Nacional y sus peritos?

Invocamos a la ciudadanía se mantenga vigilante, y atenta, ante este continuo y progresivo debilitamiento institucional, porque ello repercute no solo en la afectación de derechos, sino en nuestro descrédito como país. En el mundo globalizado de hoy, sabemos que la comunidad internacional sigue con atención y preocupación, esta organizada y secuencial política legislativa, que lejos de brindar mejores instrumentos, para la persecución del delito, terminan favoreciendo a la impunidad.

En ese sentido, llamamos a la reflexión a los señores congresistas de la República a evaluar con prudencia y mesura esta decisión, respetando la separación de poderes, la autonomía institucional y el estado de derecho.

Muchas Gracias.

 

 

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