MINAM: Lineamientos para la Implementación del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)
El Ministerio del Ambiente (Minam) publicó en su portal https://www.gob.pe/minam los ‘Lineamientos para la Implementación del Proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA)’.
Directrices
El documento tiene por objeto orientar el proceso de elaboración, evaluación, aprobación y seguimiento de la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de las políticas, planes o programas (PPP) que pueden generar implicancias ambientales significativas.
Esto con la finalidad de promover el cumplimiento de los objetivos y metas del desarrollo sostenible en los procesos de planificación estratégica de las entidades del Estado.
Para tal efecto se establece que la propuesta de Plan de Trabajo para la elaboración de la EAE deberá contener como mínimo el problema público, el objetivo general y el ámbito de aplicación de la PPP, así como el objetivo y alcance de la EAE y el cronograma de las principales actividades del proceso de elaboración de la EAE, tomando como referencia pautas específicas.
Asimismo, en el citado plan de trabajo deberá constar el plan de participación y el responsable de la entidad proponente.
Corresponderá a la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental (DGPIGA) revisar el plan de trabajo; y, de ser el caso, formular comentarios y/u observaciones, a fin de ser incorporados por el proponente.
Además, dicha dirección podrá determinar que la PPP propuesta no tiene implicancias ambientales significativas que ameriten la elaboración de la EAE.
No obstante, el proponente podrá solicitar a la DGPIGA el acompañamiento en el proceso de elaboración de la EAE. El acompañamiento se materializará con asistencias técnicas, mediante informes de absolución de consultas, reuniones informativas, talleres de capacitación u otros mecanismos que determine el Minam para cada caso en particular.
Evaluación
La Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, en un plazo de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente de la recepción de la propuesta de EAE, emitirá las observaciones correspondientes; o, de ser el caso, el Informe Ambiental de la EAE con las respectivas recomendaciones para orientar la adecuada toma de decisiones que prevengan daños al ambiente.
En caso dicha dirección hubiera formulado observaciones, el proponente de la propuesta de EAE tendrá un plazo de 20 días hábiles para su absolución.
La mencionada dirección tendrá 20 días hábiles, contados a partir del vencimiento de aquel plazo, para emitir el informe ambiental en el cual deberán emitirse las recomendaciones pertinentes para orientar la adecuada toma de decisiones que prevengan daños al ambiente.
Fuente: El Peruano.